orientados a nuestros clientes

Certificados energéticos de viviendas terminadas

Podemos realizar a precios competititivos y sin complicaciones los certificados enegéticos que necesita para la venta o alquiler de suy vivienda y local.

Procedimiento de realización

El proceso de certificación energética consta de los siguientes pasos:

  • Toma inicial de datos,por telefono, correo-e, whatsapp)
    • Datos del propietario de la vivienda o local y del propietario del mismo,para la elaboración de la documentación. Cuestionario inicial de datos de la vivienda referencia catastral, características de la misma
  • Desplazamiento a la vivienda para la realización
    • Aceptación y abono del presupuesto y una autorización para la realización y presentación de la misma (requiere la firma del propietario
    • Visita de nuestro técnico habilitado, Ingeniero Industrial, a la vivienda para analizar las características energéticas de la misma y del entorno en el que se ubica.
  • Gestiones realizadas
    • Elaboración con las evidencias recogidas y datos técnicos del certificado energético
    • Pago y presentacion de las tasas de registro
    • Presentación y registro digital del certificado energético
  • Una vez realizada la presentación, se puede entregar o enviar al cliente la hoja de iniciación del procedimiento del registro o entregar toda la documentación una vez este se haya registrado en Función de la urgencia del mismo
  • Entrega del certificado energético y el hoja de solicitud de inscripción del registro
  • Entrega de la etiqueta energética (el plazo del trámite depende de la CC.AA)

Desde la entrada en vigor del Real Decreto Real Decreto 235/2013, de 5 de abril y su corrección de errores Se establece la obligatoriedad de la misma a partir del 1 de junio como requisito para gran parte de las operaciones de alquiler o venta Salvo excepciones. Con objeto de aclarar algunas de las preguntas más frecuentes sobre la certificación el ministerio de industria publicó el siguiente documento .

El cumplimiento de la misma establece para el vendedor o arrendador del inmueble dos condiciones:

  • Obtener la certificación energética de la misma realizada por un técnico competente según el Real Decreto
  • Registrar dicha certificación, usualmente de forma telemática, en la comunidad autónoma donde se ubique el inmueble
Las condiciones del registro y la forma de presentación del mismo pueden variar entre comunidades autónomas, por lo que debe consultar en su comunidad la legislación autonómica aplicable. Las comunidades autónomas pueden establecer tasas para el registro obligatorio de los certificados. Dada la cambiante situación dichas tasas si las hubiera se deberían tener en cuenta a mayores del precio ofertado, sin estar en ningún caso comprendidas en el mismo. Aunque se informará de las mismas en cada caso, desglosándolas en el presupuesto. En la actualidad indicar que para viviendas y locales y en las comunidades de Castilla y León y Madrid es inexistente, aunque está en estudio la implantación de las mismas por una cantidad aún indeterminada.

Nuestro personal dispone de titulación en Ingeniería Industrial y formación específica para la realización de certificaciones energéticas con el programa C3X.

Oferta para viviendas en Zamora capital de menos de 100 m2, 85€ (IVA NO INCLUIDO) incluyendo el certificado electrónico y en papel y la presentación del mismo a la Junta de Castilla y León (Tasas no incluidas si son requeridas).

Para otro tipo de locales o viviendas consultar, ya que el precio puede variar en función de la ubicación de la misma, del uso local/ vivienda, de las características de la vivienda (adosados, unifamilar, piso) y de la superficie de la misma.

La certificación energética, aparte de su necesidad legal, le aporta a través de las medidas correctoras propuestas en la misma soluciones para la mejora o el ahorro en los consumos de climatización y ACS.
Para locales comerciales también se analiza la iluminación de los mismos, proponiendo medidas de mejora para el mismo.

Parte de las razones de sobre la función y la necesidad de este certificado no son claras, en este documento presentamos algunas de las respuestas.

Reflexiones sobre el certificado energético

¿Por qué parece que esto es un impuesto mas?

En la situación económica que nos encontramos, cualquier cosa nos parece un sacadineros. Pero tenemos que mirar atrás en las directivas europeas, que ya nos venían obligando desde 2007 a certificar los edificios existentes. Han sido unos cuantos años de pagos de multa por no haber traspuesto la directiva.

Ahora lo hemos hecho, pero ¿para qué certificar?

Del mismo modo que un consumidor elige electrodomésticos de bajo consumo, ahora puede elegir viviendas. Como consumidor no te gustaría poder elegir en función de los consumos? Como propietario no te gustaría revalorizar tu vivienda?

Ya pero mi piso es antiguo y fijo que es una G, ¿por qué tengo que certificarlo?

El gobierno te obliga a que informes al consumidor. Es un poco dramático pero si queremos ir aumentando la calidad de las viviendas tendremos que pasar por ahí. Siempre puedes intentar mejorar de letra realizando una pequeña inversión: cambio de caldera y/o ventanas y/o añadir aislamiento en las paredes, además vas a contar con ayudas en rehabilitación (plan estatal de vivienda 2013-2016) y otras que saldrán de la consejería de industria para este menester que no se solaparán.